Existen dos tipos de registros ante el Sistema de Administración Tributario (SAT):las personas físicas y morales. Cada una tiene características y obligaciones fiscales distintas.
Diferencias entre una persona física y una persona moral:
- Las personas físicas se registran por su nombre mientras que las personas morales son un conjunto de personas físicas que se unen con un fin específico, por ejemplo formar una sociedad o una empresa.
- Las personas físicas tienen estado civil. Las personas morales no pueden tener un estado civil.
- Las personas físicas pueden contraer obligaciones después de haber alcanzado la mayoría de edad.
- Las personas morales tienen la capacidad de ejercer derechos y contraer obligaciones desde su creación, aunque son limitadas según el fin por el que se crearon.
- Las personas físicas pueden tener más de una nacionalidad.
- Las personas morales creadas conforme a las leyes mexicanas y que tienen su domicilio en el territorio nacional, se consideran mexicanas.
- Las personas morales están obligadas a presentar contabilidad electrónica ante el SAT desde enero del 2015. Mientras que las personas físicas sólo si sus ingresos son superiores a los 4 millones.
- Las personas morales se dividen en dos regímenes fiscales: del régimen general y con fines no lucrativos. Las personas físicas se dividen en cuatro: asalariado, profesionista, arrendador o empresario.
- Ambas tienen personalidad jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones.
- Tanto las personas físicas como las morales pueden tener patrimonio, es decir, derechos y obligaciones en términos económicos.
- Ambas tienen un domicilio fiscal.
- Ambas pueden registrar un negocio.
Fuente: ClickBalance y Konfío.