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noviembre 23, 2020

¿Sabes cuáles son las deducciones personales?

Es común que surjan dudas en materia de impuestos, pues se puede solicitar facturas por casi cualquier gasto sin embargo esto no significa que todas sean deducibles de impuestos. Pues depende del registro ante Hacienda.

En esta ocasión enlistaremos las deducciones personales para que sepas cuáles son los gastos que puedes incluir en tu declaración anual de impuestos. 

Las deducciones personales son aquellas que las personas físicas tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables que son la base sobre la que se aplica la tasa del impuesto sobre la renta (ISR).

Las deducciones personales se dividen en varias categorías:

Salud

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. 

No proceden los comprobantes de medicamentos adquiridos en farmacias.

  • Honorarios a enfermeros. 
  • Análisis, estudios clínicos. 
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente. 
  • Prótesis. 
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales. 
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

De acuerdo con el sitio web elcontribuyente.mx en la declaración anual el pago de seguros médicos debe aplicarse dentro de la categoría “primas de seguros de gastos médicos” y no como un gasto médico.

Una vista frontal joven doctora en traje médico blanco con estetoscopio con máscara protectora blanca con archivos grises en el blanco Foto gratis

Educación

  • Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):

          – Preescolar: 14,200 pesos.

          – Primaria: 12,900 pesos.

          – Secundaria: 19,900 pesos.

          – Profesional técnico: 17,100 pesos.

          – Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente.

Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.

  • Transporte escolar (solo si es obligatorio).

Las cuotas de inscripción y reinscripción no son deducibles de impuestos.

Profesor ayudando a niña en clase de dibujo Foto gratis

Otros

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

No serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos).

El monto de los donativos no excederá del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.  

  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

El pago de estos gastos requieres realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo.

Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual.

El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Joven viuda poniendo flores en la tumba. Foto Premium

Para mayor información consulta las disposiciones fiscales aplicables al régimen que te corresponda, donde podrás checar específicamente los ordenamientos jurídicos de tu actividad.

Información citada textualmente del sitio oficial del Sistema de Administración Tributaria (SAT).

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