Para muchas personas es incómodo pensar en la muerte. O asumen que morirán en la senectud. Pero lamentablemente la muerte es inesperada y puede llegar en cualquier momento o circunstancia. Por lo que es importante contar con un testamento.
De acuerdo con el Código Civil el testamento es un acto personalísimo, revocable y libre por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple deberes para después de su muerte.
Hacer el trámite de testamento es sencillo, rápido y accesible, además ofrece varios beneficios.
En un testamento se designa un albacea que es el encargado de entregar los bienes a los herederos. Un tutor, que es el encargado de la educación y cuidado de los hijos menores (en caso de que aplique). Así como un curador que se encarga de vigilar que el tutor realice bien su cargo.
-Nombre completo, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil (determinar régimen patrimonial), ocupación y domicilio.
-Copia de acta de nacimiento, original y copia de identificación oficial (con fotografía).
Una vez reunidos estos requisitos la persona interesada debe presentarse en la notaría más cercana a su domicilio. Se puede consultar el directorio en este enlace.
Acudir a la notaría con la documentación e información requerida. Pagar el costo del trámite. En ocasiones se debe acudir dos testigos. Esto depende del estado donde se ubique la notaría,no siempre es necesario.
Una vez en la notaría el testador expresa su voluntad al notario que redactará el documento con base a esto. Seguido de esto se debe firmar el testamento.
Las principales ventajas de contar con un testamento es poder decidir cómo se distribuirá la herencia, si se prefiere que no sea la que la legislación establece “por defecto”. Así como facilitar los trámites a los herederos tras la muerte del testador. Testamento: trámite paso a paso
Cabe destacar que el testamento es un documento legal revocable, es decir que se puede sustituir por otro en cualquier momento y todas las veces que el testador desee. Es decir que no es un documento definitivo. Si el testador cambia de planes o idea puede modificar su testamento. Es otorgado ante un notario o notaría.
El único testamento definitivo será el último que la persona haya dictado antes de morir.