En el Servicio de Administración Tributaria (SAT) existen diferentes regímenes fiscales :
Asalariado
Honorarios
Arrendamiento de inmuebles
Actividades empresariales
Incorporación fiscal
Prácticamente en todos los regímenes puedes hacer deducible tu seguro de auto, excepto si estás registrado como asalariado.
Esto debido a que no se considera como indispensable para realizar tu actividad productiva, mientras que en el resto de los esquemas sí lo es.
Esto es así probablemente porque el SAT considera que un vehículo es una herramienta de trabajo útil para transportarse y prospectar clientes o darles seguimiento, realizar entregas de productos, entre otras.
Por lo que sí eres asalariado y te interesa deducir tu seguro de auto tendrías que cambiar de régimen y asumir las responsabilidades que conlleva.
Si perteneces a otro de los regímenes fiscales se requiere haber pagado el recibo del seguro, ya sea por el monto total de la prima anual o fraccionado y contar con la factura correspondiente.
Es importante que los datos fiscales estén correctos en la factura: nombre, razón social y Registro Federal de Contribuyente (RFC). El nombre del contratante y la razón social debe ser el mismo.
La ley establece que el pago de tu seguro debe ser mediante mecanismos electrónicos: tarjeta de crédito, débito o transferencia.
Otro aspecto importante es que sólo puedes deducir las pólizas de seguros pagadas por año fiscal, no de años previos.
Para solicitar la factura de tu pago ponte en contacto con tu agente de SIS, tu aliado en seguros, que te brindará la asesoría para este y cualquier otro trámite relacionado con tus seguros.